La
planificación le agrega racionalidad técnica a la naturaleza política de la gestión
gubernamental para el ejercicio de sus competencias públicas. La planificación
por sí sola no es la panacea para la solución de los problemas, pero sin ella
lo que predominaría sería la improvisación y el desacierto; con la
planificación se intenta ensamblar y orientar la acción social de las organizaciones
públicas, hacia la satisfacción de determinados
objetivos en un contexto de incertidumbre, mediante la aplicación de criterios de racionalidad y viabilidad para la
toma de decisiones.
No siempre
los planes gubernamentales rinden los resultados enunciados y eso puede deberse
a diversos factores, tales como: inconsistencia de viabilidad política, técnica
o económica en su diseño; desviaciones
de las decisiones o de acciones inadecuadas; recursos insuficientes o
“malbaratados”; fallas en el seguimiento y evaluación de procesos y resultados,
o pensar que teniendo el plan como norma y dar la orden para su ejecución o
cumplimiento, ya se tienen asegurados los resultados prescritos. Sobre estas
causas tenemos en los últimos años un cementerio de planes gubernamentales
arrastrados al fracaso.
En muchos
casos se asumen los planes como una rutina formal o mero trámite para obtener
los recursos presupuestarios en el momento de la formulación, pero con poca
vinculación con la gestión diaria; o se olvida en cualquier estante o gaveta de
escritorio, lo que Carlos Matus denominó el “plan libro”; en fin, predomina el
mito de que la planificación se reduce a la aprobación y divulgación de
determinados planes, olvidándose que la planificación es un constante y
dinámico proceso gerencial y político de análisis de la realidad en el corto,
mediano y largo plazo; de cálculo de las opciones para la toma de decisiones
del acontecer social, económico, político y ambiental del Municipio. Un buen
gerente debe tener en su caja de herramientas el más importante instrumento de
gestión de cambio: la planificación.
Dice
Carucci (1999), que si un gobierno no planifica, está renunciando a una de sus
principales atribuciones para liderar el proceso de desarrollo local y,
agregamos, en su lugar priva la improvisación, la ocurrencia desvelada o el
capricho reactivo.
Ahora
bien, la planificación no es un asunto sólo de los gobernantes y gerentes;
cualquier ciudadano o sector social del Municipio puede demandar con todo
derecho, determinadas soluciones a los problemas de la comunidad y, en
consecuencia, puede proponer, con toda razón, determinadas ideas de solución a
los mismos. El deber y la habilidad del gerente público es ir al encuentro
ciudadano y comunitario, para que la voz de otros actores sociales se expresen
y se haga parte del proceso de planificación y formación de las políticas
públicas locales.
Si en
algún nivel del poder público tiene sentido y asidero de eficacia la planificación
participativa, en es el nivel local, sobre todo cuando se trata de trazar el
rumbo que ha de tener el futuro.
Por otra
parte, basándonos en las reflexiones de Carlos Matus, la planificación se hace
presente cuando se confronta el siguiente dilema: ¿nos arrastra la corriente
del río de los acontecimientos hacia un delta desconocido, o decidimos adonde llegar y conducimos los
acontecimientos en esa dirección y destino? Esta interrogante dispara al blanco
de la planificación con propósito.
Aspectos legales del sistema de
planificación pública
La
planificación es un sistema integrado de información. Consiste en la
formulación de planes, programas y proyectos conformes a los principios y
obligaciones constitucionales y legales, así como a los requerimientos de la
gestión, que incluye los objetivos y metas relacionados con las competencias
municipales; la promoción del desarrollo económico, social y urbano; la
ejecución de políticas públicas para la atención de las necesidades
prioritarias y demandas de las comunidades; la prestación de servicios
públicos; las obligaciones contractuales y laborales; el programa de gobierno,
la oferta electoral y el fortalecimiento institucional. Todo ello mediante un
ejercicio de procesamiento de información de la situación actual, de los pros y
contras, para anticiparnos a los hechos probables que puedan afectar para bien
o para mal, la visión de futuro.
De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica de
Planificación Pública y Popular, el
sistema de planificación nacional tiene como propósito, el empleo de los
recursos públicos dirigidos a la consecución, coordinación y armonización de
los planes, programas y proyectos para la transformación del país, a través de
una justa distribución de la riqueza mediante una planificación estratégica,
democrática, participativa y de consulta abierta. Llevado al ámbito municipal y
conforme con lo establecido en el artículo 4 de la ley mencionada, el sistema
de planificación municipal tiene las siguientes finalidades:
1.
Lograr los objetivos estratégicos y metas plasmadas en el Plan
Municipal de Desarrollo y el Plan de Desarrollo Económico y Social de la
Nación.
2.
Garantizar el seguimiento, evaluación y
control del desempeño institucional.
3.
Ordenar, racionalizar y coordinar la acción y
los recursos públicos, comunales y del sector privado.
4.
Fortalecer la capacidad del municipio y de
las organizaciones de base comunitaria, en función de los objetivos
estratégicos y metas.
5.
Forjar un municipio transparente, eficaz,
eficiente y efectivo.
6.
Fortalecer los mecanismos institucionales
para mantener la continuidad de los programas, proyectos y sus inversiones, así
como las demás decisiones públicas relacionadas con el desarrollo sustentable
del municipio y el país.
7.
Fortalecer las capacidades estratégicas para
la inversión de los recursos públicos.
8.
Garantizar la vinculación entre la
formulación y ejecución de los planes y la programación presupuestaria.
9.
Promover espacios para el ejercicio de la
democracia, participativa y protagónica.
Por
otra parte, el sistema de planificación municipal se articula con el proceso de
planificación centralizada a cargo del Consejo Federal de Gobierno, destinado a
coordinar y controlar las acciones de gobierno en sus diferentes instancias
territoriales, político administrativas y comunales, así como apoyar
especialmente la dotación de obras y servicios en las áreas de inversión
prioritarias, a través de la asignación y transferencia de recursos del Fondo
de Compensación Interterritorial.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 54 del
Reglamento de la Ley del Consejo Federal de Gobierno, los planes de inversión y
los proyectos presentados ante el Fondo de Compensación Interterritorial (FCI)
por parte de las entidades político territoriales y organizaciones del Poder
Popular, deben guardar correspondencia con los planes estadales, municipales y
locales de desarrollo, así como estar en concordancia con los lineamientos del
Plan de la Nación, los planes sectoriales, y los planes y políticas del Consejo
Federal de Gobierno.
Lo
relevante a destacar, además de los aspectos formales y normativos del sistema nacional
de planificación centralizada, es que el Plan Municipal de Desarrollo
constituye el instrumento fundamental del gobierno municipal, mediante el cual
se establecen las áreas y lineamientos estratégicos según las necesidades y
prioridades de las inversiones, los objetivos y las políticas de desarrollo local,
a través de la intervención planificada y coordinada de los órganos y entes de
la administración pública municipal y las instancias comunitarias
correspondientes.
Por
otra parte, corresponde al Consejo Local de Planificación Pública (CLPP) dado
su carácter de instancia de planificación del municipio, diseñar el Plan
Municipal de Desarrollo y los demás planes municipales, garantizando la
participación ciudadana en su formulación, ejecución, seguimiento, evaluación y
control.
A los fines de clasificar y ordenar los ámbitos de
actuación del desarrollo municipal, la Ley de los Consejos Locales de
Planificación Pública (artículo 4) anticipa algunas áreas estratégicas que debe
contener el Plan Municipal de Desarrollo y que el CLPP debe garantizar en su
fase de formulación, estas áreas adaptadas por este autor, son:
1.
Promoción y desarrollo de la economía local
2.
Desarrollo social y humano.
3.
Desarrollo Urbano y
Calidad de Vida
4.
Organización y Participación Ciudadana
5.
Seguridad, Paz y Convivencia Ciudadana
6.
Fortalecimiento institucional y Calidad de
Gestión
Un
componente muy importante del sistema de planificación municipal a tomar en
consideración para modelar la gestión del desarrollo municipal, es el Plan de
Inversión Municipal y el Presupuesto Participativo de Inversión. Al respecto,
en el artículo 33 de la ley en comento se establece que el Plan y el
Presupuesto de Inversión Municipal anuales, resultan de la consolidación de los
requerimientos formulados en el Plan Municipal de Desarrollo y en los planes de
desarrollo de las comunidades organizadas, a través del proceso de formación y
aprobación del presupuesto participativo, según lo establecido en la Ley
Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM) y la presente Ley.
Por otra parte, en el artículo 232 de la LOPPM se establece que el
presupuesto de inversión municipal está
dirigido al desarrollo humano, social, cultural y económico del Municipio y se debe
elaborar de acuerdo con las necesidades prioritarias presentadas por las
comunidades organizadas, en concordancia con lo estimado por el alcalde o alcaldesa
en el presupuesto destinado al referido sector y con los proyectos generales
sobre urbanismo, infraestructura, servicios y vialidad.
Este presupuesto de inversión forma parte del Plan de Inversión
Municipal que debe ser aprobado por mayoría absoluta del CLPP a solicitud del alcalde
o alcaldesa y finalmente aprobado por el Concejo Municipal en la oportunidad de
sancionar la Ordenanza de presupuesto anual del Municipio.
En
términos generales desde el punto de vista metodológico, los elementos
constitutivos de la planificación municipal, en el marco del modelo de gestión
estratégica, son:
1. Definición de la Visión
Compartida del Municipio
2. Determinación de los valores y factores
claves de éxito
3. Misión de los órganos y entes
municipales proclives a la visión (sinergia)
4. Conducción de los diagnósticos y análisis
estratégicos
5. Definición de las áreas
estratégicas y prioridades de acción
6. Definición de los objetivos por
cada área
7. Definición de las políticas y estrategias
8. Formulación de planes, programas,
proyectos, presupuestos
9. Formulación del plan de
seguimiento y control
BUENO BUENO HK SIGA ASI ESA ES NUESTRA PARTICIPACION EN LA BELLA VENEZUELA: ENSEÑAR Y PREPARA A LA NUEVA GENERACION
ResponderEliminarHK, SIGUIENDO SUS PASOS. NO OLVIDE QUE TENEMOS UN PROYECTO COMPARTIDO EN PRO DEL MUNICIPIO VENEZOLANO.SALUDOS
Eliminar